De acuerdo a lo establecido en la Ley nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad, realizaremos de ser necesario, Plebiscitos Comunales, para que la ciudadanía resuelva respecto de situaciones de conflicto, que sean de preocupación comunal y que involucren los destinos de la comuna. Los plebiscitos podrán ser requeridos, de acuerdo a lo que establece la ley, por: el Alcalde con acuerdo del Concejo Municipal, o a solicitud de los dos tercios del Concejo Municipal, o por iniciativa de a lo menos el 10% de los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna
Dada la necesidad de recoger la opinión de la ciudadanía, respecto de situaciones y/o decisiones importantes que pudieren afectar a la población de una comunidad o de toda la comuna, el Municipio desarrollará mecanismos consultivos amplios, a través de: Consultas Populares, Encuestas y/o Sondeos de Opinión, en base a instrumentos de alzamiento de información semi-estructurados y/o estructurados, con el objeto de responder fielmente al conjunto de necesidades, aspiraciones e intereses de una comunidad o del conjunto de los habitantes de la comuna, en tanto éstas, estén dentro de las facultades propias y las posibilidades de la autoridad comunal. Dentro de este mecanismo de participación ciudadana, se desarrollarán sistemas de evaluación de los servicios municipales, con el objeto de corregir las deficiencias y reforzar las potencialidades, mejorando los servicios que presta la municipalidad a los habitantes.
Así, como la Municipalidad deberá abrir las puertas a la participación de los ciudadanos de la comuna, también se debe avanzar en esta modalidad de gestión en los servicios traspasados: Salud Primaria (Consultorios Municipales) y Educación Municipalizada (Liceos y Escuelas Municipales), en un mediano plazo de la gestión municipal. Se avanzará, en la transformación del actual modelo de gestión, donde prima la opinión de quienes son los directivos o jefes de cada centro o servicio, hacia una nueva forma de toma de decisiones y de gestión, que considere la participación de los siguientes tres estamentos representados por delegados en una instancia de coordinación permanente: Los Directivos o Jefaturas de Servicios y/o Representante Municipal Los Funcionarios (profesionales y auxiliares) Los Usuarios (la comunidad) Para lograr esta transformación, se requiere evidentemente de un cambio de mentalidad y de capacitación para cada grupo involucrado, pero la dirección estará claramente marcada, se trata de que se considere la visión y necesidades de todos los involucrados gracias a mecanismos de delegación de poder y de coordinación horizontal (cogestión triestamental).
Para comenzar a hacer efectiva la propuesta de democracia real, se deberá realizar cada año, una Consulta Comunal donde podrán participar todos los ciudadanos residentes en la comuna. Esta consulta se hará, con el objetivo de precisar el Plan Anual de Gestión Municipal y priorizar la asignación de recursos del presupuesto municipal para el año siguiente.
Los fundamentos de las propuestas presentadas en esta candidatura han sido desarrolladas por muchas personas, las cuales vale la pena agradecer por el gran aporte al desarrollo de nuestra comuna.